CATALUÑA Y EL CANAL DE DENUNCIAS
CATALUÑA Y EL CANAL DE DENUNCIAS
La figura del Responsable del Sistema Interno de Información la establece la Ley 2/2023, en su artículo 8º y concretamente en su apartado 3º se señala que tanto su nombramiento como su cese deberán ser comunicados, en el término de 10 días hábiles, a la Autoridad Independiente de Protección del Informante, o, en su caso, “a las autoridades u órganos competentes de las comunidades autónomas, en el ámbito de sus respectivas competencias”
Esto significa que, a pesar de que la Autoridad Independiente a nivel estatal aun no ha sido creada, en Cataluña si que existe la obligación de registrar la figura del Responsable del Sistema Interno y en concreto en el Registro que a tal fin tiene habilitado la Oficina Antifraude de Cataluña.
Pero esta obligación reviste especial importancia en el caso de las “entidades y empresas privadas que sean concesionarias de servicios o perceptoras de subvenciones públicas”, así como “las actividades de contratistas que ejecuten obras de las administraciones y las entidades que forman el sector público de Cataluña, o que tengas atribuida la gestión de servicios públicos o la ejecución de obras públicas por cualquier otro título” y ello con independencia del número de empleados que las compongan.
Habida cuenta que el plazo máximo para el establecimiento del CANAL DE DENUNCIAS finalizó el pasado 1 de diciembre, todas aquellas empresas que no dispongan del mismo siempre que tengan 50 o más trabajadores, o menos si se ven afectadas por esta normativa, pueden ser sancionadas dado que la Oficina Antifraude puede ejercer la potestad sancionadora específicamente derivada de la Ley 2/2023 y, lo que puede ser peor, se verán excluidas de la contratación con el Sector Público si no tienen registrado al responsable del CANAL DE DENUNCIAS en la misma y en el plazo señalado de 10 días.
En Infodenuncias.com disponemos de los medios y la herramienta necesaria para que las empresas afectadas puedan cumplir con las exigencias legales satisfactoriamente.
Francisco López Estrada